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Acoso telefónico por deudas ¿es legal?

Muchas compañías financieras o de recobro usan métodos bastante molestos para reclamar deudas a sus deudores y conseguir cuanto antes el cobro de las mismas. Además, la reclamación del importe de la deuda suele ser de cuantías superiores a lo que se debe pagar.

Aunque la actividad que realizan estas compañías no tengan buena fama, son empresas legales que pueden realizar este tipo de acciones “molestas”. No obstante, muchas veces el límite de lo molesto se sobrepasa hasta considerarse estos métodos como ilegales según el Código Penal.

Este es el caso del acoso telefónico por deudas con las consiguientes amenazas para realizar el pago de las mismas.

¿Qué son las compañías de recobro?

Debido a los procesos judiciales lentos en España, muchas empresas contratan el servicio de compañías privadas que se dedican al cobro de morosos. Estas compañías de manera extrajudicial reclaman las deudas que tiene el deudor con un empresa.

Las compañías de recobro realizan sus acciones bajo la ley con la finalidad de prevenir la morosidad y conseguir el cobro de los pagos pendientes con la empresa acreedora. Para ello, envían cartas, burofaxes, correos electrónicos, llamadas o establecen citas de forma legal para llegar a acuerdos con el deudor. Todas estas acciones sin llegar al acoso o a las amenazas. Pero existen compañías que utilizan el acoso y las amenazas mediante llamadas constantes al deudor o a personas cercanas de su circulo social (familiares, amigos, compañeros…)  para conseguir el cobro de las deudas.

¿Es legal el acoso telefónico de deudas?

En España solo los jueces pueden adoptar medidas de castigo o penas para obligar al moroso a pagar. Así que el acoso a los deudores por parte de las compañías de recobro es ilegal. Hacer este tipo de prácticas es delito y condenado por las leyes penales.

No obstante, tenemos que saber que España es el único país de la Unión Europea que no regula este tipo de compañías y que por tanto, hay un vacío legal que facilitan estás prácticas de cobros ilícitos.

Son prácticas ilícitas todas aquellas acciones que amenacen o coaccionen al deudor.

Cuidado con las falsas amenazas.

Ante la presión y las amenazas, es posible que muchos deudores accedan a pagar la cantidad que les reclaman estas compañías de recobro. Muchas son las veces que se realizan estos pagos sin antes comprobar si el importe es el correcto, ya que solo están pensando en quitarse de encima esa amenaza que nos les deja vivir.

También hay muchos que tienen miedo a acciones legales mas graves. Estamos hablando de las amenazas de ir a la cárcel o al embargo de propiedades.

¿Puedo ir a la cárcel por no pagar mis deudas?

No, nadie va a ir a prisión por el impago de una deuda. No se trata de una reclamación penal sino civil. La policía no va a ir a tu casa por el impago de una deuda y mucho menos ser condenado a prisión por ese motivo. La única condena que recibirás será la de pagar tus deudas.

Entonces ¿me pueden embargar?

Esta es otra de las amenazas repetidas. Para que se produzca un embargo primeramente debe existir una demanda civil presentada en el juzgado. El propio juzgado enviará dicha demanda al domicilio del deudor para que este conteste en un plazo determinado mediante un abogado. Posteriormente ser celebra un juicio para recibir la sentencia. Por tanto, el embargo de una propiedad requiere de un proceso judicial que lleva su tiempo y plazo establecido y comunicado al deudor.

Si te acosan con llamadas telefónicas, DENUNCIA.

Si recibes un acoso constante de llamadas con amenazas y coacciones, tienes que saber que es delito. Por tanto, tienes todo el derecho a presentar una denuncia en el Juzgado de guardia contra estas compañías de recobro.

Para ello, recopila todas las pruebas que tengas de este acoso, mediante grabaciones de llamadas y lista de llamadas. Esto provocará que cesen las llamadas y que en el caso de que quieran reclamarte una deuda se realice mediante demanda judicial.

¿Tienes deudas que no puedes pagar? En Solución de Deudas somos abogados especialistas en la Ley de Segunda Oportunidad, llámanos y estudiaremos tu caso en profundidad.

Recuperar tu vida y ser libre de deudas, es posible.

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