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¿Qué necesitas?
Cuando una persona admite que tiene una obligación o ha contraído un compromiso con otra, esto es «Reconocimiento de Deuda».
Reconocer que tenemos deuda es un echo económico jurídico que reconoce al deudor a favor del acreedor.
Si nosotros cumplimos con este compromiso nunca tendremos ningún problema, si se incumple este acuerdo, estamos entrando en terreno peligroso y tendremos problemas, ya que los acreedores nos perseguirán hasta que cobren!!.
Para poder demostrar el acreedor una deuda con el deudor, tendrá que presentar un documento que demuestra la deuda existe, pero también tendrá que demostrar que no la ha cobrado.
Para reconocer una deuda, solo lo puede hacer el deudor, el acreedor será el beneficiario pero no participara en la realización del documento.
El reconocimiento verbal de una deuda es valido, pero siempre se recomienda el tener un documento firmado o escritura publica.
En el documento se hará mención a los datos del deudor y la cantidad que se reconoce como debida.
El origen o por que se produce la deuda también es muy importante dejarlo muy claro.
Al redactar y firmar este documento de reconocimiento de deuda, estamos admitiendo que debemos y que estamos a obligados a pagar.
Todo este proceso es un alivio para el acreedor ya que agiliza el proceso para que pueda cobrar lo que se le debe y esta tipificado en el código civil como «causa».
El acreedor puede no estar conforme con la cantidad reconocida y deberá hacérselo saber al deudor.
Ya que si no lo notifica o comunica su no conformidad sobre la deuda, no podrá realizar ninguna reclamación posterior con la cantidad real que se le debe.
Al redactar o formalizar un documento de reconocimiento de deuda no significa que lo que se redacta se pueda modificar por no ser lo correcto.
El echo de reconocer un deuda no tiene la naturaleza de ser permanente ni inmutable que lo declare inalterable.
El reconocimiento de una deuda, no tiene formato o esta regulado de ninguna forma. esta basado en el código civil y se caracteriza por:
Es quien realiza el reconocimiento de la deuda y aportara:
Es a quien se le reconoce la deuda, es imprescindible que este presente en el documento.
Nombre, razón social, NIF o CIF.
Se debe indicar de forma precisa la cantidad que se acepta reconoce como deuda.
El acreedor podrá aceptar o rechazar esta cantidad, si no esta conforme o no es correcta.
El deudor indicara la forma que hará efectiva la cantidad y la fecha en la que realiza los pagos o fracción de los mismos.
El indicar el origen de la deuda, es reconocer que la hemos contraído.
Si no se incluye este punto en la redacción del documento, se da por echo la existencia de «causa».
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