“Mi nómina no me ha llegado, no puedo disponer de ella”. Hay personas que atraviesan una situación de sobreendeudamiento y se encuentran con el embargo de la nómina. El embargo de la nómina es algo muy común y que preocupa a mucha gente.
Esa es una de las consecuencias provocada por no tomar medidas a tiempo. Cuando alguien se encuentra en una situación de endeudamiento, uno de los riesgos más importantes, es que la deuda se van incrementando debido a los intereses. Esto es el caso de productos financieros, como son los préstamos de consumo, ya que tienen unos intereses muy elevados. Es decir la situación de comprar a plazos, de tarjetas de crédito, hacer un préstamo para un viaje, una financiación para comprar una lavadora, comprar un vehículo, etc. en definitiva prestamos de consumo como los que ofrece Cofidis o Vivus, que son micro préstamos tiene unos intereses altísimos. Y aunque podemos pensar que son la solución a nuestra situación en realidad solo son parches que no ayudarán a eliminar tus deudas.
En el momento que se dejan de pagar estos micro préstamos se empiezan a incrementar muchísimo los intereses. Los acreedores empiezan a reclamar, demandar…y aunque eludamos nuestras obligaciones de pago, tarde o temprano nos embargarán la nómina y los bienes que poseamos.
Así que contra mas se tarde en tratar de poner remedio a esta situación, es decir buscar ayuda profesional de abogados y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, la deuda se incrementará exponencialmente y algún día, por sorpresa, tener el embargo de la nómina.
Antes de llegar a una situación límite de embargo de la nómina hay que ponerse manos a la obra, y si ya vemos que no podemos hacer frente a los pagos que vienen no nos esperamos más, no ponemos un parche pidiendo más dinero, buscamos un buen abogado/a que nos reconduzca la situación.
Es importante saber qué en el momento en el que se presenta el procedimiento, ya no estamos obligados a pagar a los acreedores. Todo se paraliza. La fase inicial se llevan a cabo tres acciones:
- Presentación del procedimiento.
- Acudir a un notario.
- Dirigirnos a la cámara de comercio o al registro mercantil en función de si somos consumidores o empresarios individuales.
Tras cumplir con estos pasos ya no estamos obligados a pagar a nadie.
Por tanto, en este punto, podemos destinar parte del dinero que estamos cobrando para ahorrarlo y así ofrecerlo a todos los acreedores con una quita de hasta el 50% (incluso más) o llegando a unos aplazamientos hasta diez años, pero siempre sobre la deuda que ya tenemos, jamás vamos a poner más deuda.
En conclusión, para evitar el embargo de la nómina y sobreponernos a esta situación de sobreendeudamiento nunca debemos refinanciarnos para pagar las deudas.
Desde Solución de Deudas te aconsejamos que tengas una previsión de los gastos que vas a tener en estas fiestas y según tu situación económica ajustes tu presupuesto.
Y si eres de los que ya está saturado de deudas entonces no solicites más prestamos ya que eso agravará más la situación. En Solución de Deudas tenemos la solución para tus deudas así que escríbenos o llámanos y que estas Navidades sean, de verdad, felices.
- ¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
- ¿Quién puede acogerse a ella?
- ¿Cómo puedo eliminar mi deuda?
Conoce más sobre la legislación de la segunda oportunidad, aquí.