Hay ocasiones en las que, por más empeño, ganas y dedicación que hayamos puesto en un proyecto empresarial, las cosas se tuercen y no parece haber salida. Sin embargo, conviene agotar todos los recursos a nuestro alcance para resolverlo de la mejor manera posible. Es ahí donde el preconcurso de acreedores entra en juego.
Tanto si se trata de una sociedad comercial, un pequeño negocio de hostelería (uno de los sectores más afectados en el contexto de la pandemia de COVID-19) o una compañía de gran porte (pues nadie está libre de verse en estas circunstancias en los tiempos que corren), esta es una herramienta legal que puede ser muy útil en un momento dado.
Como especialistas en este tipo de casos, en este texto te explicamos las ventajas que puede suponer, tanto para la empresa como para sus acreedores, dar este paso previo al del concurso de acreedores propiamente dicho y antes de recurrir a medidas drásticas de liquidación que nadie desea.
¿En qué consiste?
Primero vamos a exponer muy brevemente en qué consiste esta figura legal, de la que ya hemos hablado por extenso en esta otra entrada de nuestro blog.
El preconcurso de acreedores es un procedimiento contemplado en la Ley Concursal mediante el cual una empresa comunica al juzgado mercantil de su jurisdicción, mediante abogado y procurador, su situación de insolvencia y su voluntad de negociar con los acreedores un acuerdo de refinanciación de la deuda.
Dicho procedimiento abre un plazo de hasta cuatro meses en los que la empresa tiene margen para negociar y tratar de reflotar la sociedad por cualquier método a su alcance. El objetivo final es tratar de resolver las cosas de la mejor manera posible para todos, evitar el concurso y, en caso de producirse este, agilizar el proceso.
Las ventajas del preconcurso de acreedores.
A continuación exponemos las ventajas concretas que tiene iniciar este trámite, y que hacen que merezca la pena aplicarlo para intentar alcanzar una solución.
Impide la declaración de concurso de acreedores.
Con la comunicación de la situación de insolvencia al juzgado se inicia el periodo de preconcurso en el que, lógicamente, no pueden ser iniciados los trámites de declaración del concurso de acreedores en sí mismo hasta pasado el periodo de tres meses más uno que implica el preconcurso.
Se suspenden las ejecuciones judiciales o extrajudiciales.
De la misma manera, quedan en suspenso las ejecuciones de deudas por el mismo periodo; no será posible, así, proceder a embargos ni ejecutivos ni preventivos, ni por tanto a la subasta pública de los bienes de la sociedad (en especial si son imprescindibles para el desempeño de la actividad), hasta la resolución del preconcurso en el sentido que sea.
Los accionistas no pierden el control de la sociedad.
Se deduce de lo anterior que mediante la declaración del preconcurso de acreedores los propietarios o accionistas de la empresa siguen en plena posesión y uso de la misma, pudiendo disponer de sus bienes libremente. No caben aquí las figuras del mediador o del administrador concursal.
La empresa puede seguir funcionando con normalidad.
He aquí una de las grandes virtudes del preconcurso de acreedores: la empresa no tiene por qué ver interrumpidas sus actividades económicas. Esto puede ser verdaderamente la clave de la salvación en algunos casos, cuando se estima que puede producirse un cambio inminente en la tendencia que termine por “salvar la empresa”.
No se hace pública la situación de la empresa.
Se puede solicitar expresamente el carácter reservado de su comunicación, es decir, que no se haga pública la situación de la empresa. Esta es una de las características más valoradas por los deudores, ya que dicha publicidad suele causar un acelerado empeoramiento de la situación de la empresa y dificulta aún más cualquier solución.
Prepara futuras medidas legales de resolución de deudas.
Tanto si se llega a un convenio con los acreedores como si no, y siempre y cuando se haga de buena fe, el preconcurso abre el camino a la búsqueda de soluciones que pueden pasar por trámites amargos (concurso de acreedores, liquidación de la empresa) pero desembocar en situaciones más esperanzadoras para los deudores (en concreto, la llamada Ley de Segunda Oportunidad).
¿Y después?
En Solución de Deudas sabemos, por nuestra dilatada experiencia en este ámbito, que el proceso para liquidar deudas puede ser largo y complejo, pero que existen las vías legales adecuadas para conseguirlo si se dan las circunstancias necesarias. Siempre hay una luz al final del túnel, por así decir, en la forma de la Ley de Segunda Oportunidad.
Para ello hay una serie de requisitos, entre los que cabría destacar la buena fe y la voluntad de saldar la deuda por parte del deudor. En lo que respecta al preconcurso de acreedores, hay que evitar malas prácticas que pueden conducir al supuesto que se denomina “concurso culpable”, en el que se aprecia dolo o culpa grave por parte del deudor, el administrador o sus representantes.
Este podría ser el caso si, por ejemplo, solicitásemos el preconcurso con el ánimo de dilatar el plazo para la ejecución de las deudas, o si durante el periodo de cuatro meses que dura el preconcurso la situación de insolvencia se volviese más grave (es decir, aumentasen las deudas). De la misma manera, de no hacer un uso efectivo del plazo que marca el preconcurso para negociar con los acreedores podríamos estar incurriendo en el supuesto de concurso culpable.
En conclusión, el preconcurso es una herramienta útil en un buen número de ocasiones, pero a la hora de embarcarnos en este procedimiento debemos tener muy claro cuál es su finalidad: tratar de sacar la empresa de apuros y saldar las deudas pendientes. No se trata en ningún caso, como se dice vulgarmente, de “marear la perdiz”.
Es imprescindible contar con asesoramiento legal
Dada la naturaleza técnica del preconcurso de acreedores, es más que recomendable consultar cada caso particular con especialistas jurídicos y contables en la materia para tener perfectamente claro cada paso que demos y cómo podemos, en definitiva, hacer borrón y cuenta nueva con todas las de la ley, en Solución de Deudas te ayudamos, para mas información contáctanos!!!